A LA JEFA DE RELACIONES LABORALES
CORREOS Y TELEGRAFOS SAE
08002 BARCELONA
- ASUNTO.- CALENDARIO LABORAL 2015 EN CORREOS Y TELEGRAFOS
Les recordamos que el Estatuto de los Trabajadores contempla en los
siguientes artículos la obligación de confeccionar un calendario laboral:
- Art. 34.6: Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral,
debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de
trabajo.
- Art. 38.3: El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El
trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos,
del comienzo del disfrute.
A la vista de lo sucedido en 2014 con la festividad de San Juan el 24 de
junio y que nos entregaron el calendario el día 2 de abril, les informamos que
de no tener el calendario antes de las fechas previstas procederemos a comunicarlo
a la autoridad laboral.
SOLICITAMOS Que remita a la mayor brevedad posible el
calendario laboral de 2015 para los empleados de Correos y Telégrafos que sin
duda está ya confeccionado, ya que no podría entenderse que una empresa por más
de 50.000 empleados no tenga prevista su organización interna ni los mandatos
del Estatuto de los Trabajadores.
Los trabajadores tenemos derechos, pero la empresa Correos también
Barcelona, 20 de noviembre de 2014
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