miércoles, 5 de febrero de 2014

SiPcte-USOC denuncia - CONCILIACION VIDA FAMILIAR: SOLO CUANDO LA INSPECCIÓN REQUIERE

- Trabajadora que precisaba una urgente ayuda para conciliar la vida familiar y profesional. 
- Lo solicita en enero de 2013 y hasta que la Inspección de Trabajo de Barcelona no les requiere CORREOS SA no facilita esa conciliación. 
- Denuncia contra CORREOS SA interpuesta por el sindicato SiPcte-USOC Correos en Barcelona.
- Argumentan que se trasladará a la trabajadora cuando le corresponda. Ante el requerimiento de Inspección, se resuelve trasladarla, provisionalmente, antes.
- Resulta alarmante que el Director de Correos en Cataluña impida la conciliación y desproteja a una familia y los trate como números.  

RELACIÓN DE HECHOS (10 meses para resolver. Falta de protección a la familia)

Empleada de Correos que trabaja en el CTA de Sant Cugat del Vallés en la provincia de Barcelona en la categoría de Agente Clasificación 2, de 23 horas a 6 horas de la mañana. La trabajadora causa baja por maternidad de su segundo hijo que nace el día 14 de enero de 2013, permaneciendo en dicha situación hasta el 3 de junio de 2013 (se acoge a su derecho de lactancia compactada). 

El marido de la trabajadora también trabaja en Correos en turno de mañana de 7.30 a 15 horas, en reparto. Al realizar ella el turno de noche ello no le permite compatibilizar su vida familiar y laboral, puesto que además del recién nacido su otro hijo de 8 años tiene diagnosticado TEA y angioma cerebral, que causa disfuncionalidad en hemicuerpo derecho con grado de discapacidad en situación pendiente de valoración. 

La trabajadora afirma haber solicitado la reincorporación en un puesto de trabajo en turno de tarde en un centro de trabajo más próximo a su domicilio. Manifiesta su deseo de traslado (lo pidió en enero y hasta octubre, bajo presión, el Director no lo concedió)

El día 4 de julio de 2013 se cita por parte de la Inspección de Trabajo a la representación empresarial compareciendo un directivo de la empresa y su asesor.

Ambos manifiestan que debido a la naturaleza jurídica de la empresa para llevar a cabo cambios en los centros de trabajo y de turnos se tienen que acoger al sistema de Concurso de Puestos de Trabajo y que en el momento de la comparecencia se está llevando a cabo un estudio de dimensionamiento para el centro de trabajo en el que podría ir (al que la trabajadora desearía ser adscrita) Esto es un argumento irreal, ya que la realidad es que los puestos estaban ocupados por trabajadores eventuales. 


Manifiestan que una vez se lleve a cabo este estudio se producirán las adjudicaciones de puestos y que la trabajadora es la primera para el puesto de trabajo, reparto en moto de dicho centro, en turno de tarde (finalmente, por requerimiento de Inspección, CORREOS SA lo lleva a cabo antes).


No hay comentarios: